La Anses ofrece distintas prestaciones para alcanzar a los adultos mayores sin aportes que no cumplen con los requisitos necesarios para poder jubilarse.

Anses: cómo jubilarse sin aportes y cobrar hasta $41.000

 

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece una serie de beneficios para aquellas personas que no tienen aportes y que aún no están jubiladas o alcanzadas por algún tipo de cobertura previsional. Se trata de la Pensión por Vejez y la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM), con montos de hasta 34 mil pesos.

Se trata de dos beneficios claves para aquellas personas mayores de 65 años sin cobertura previsional, explicaron desde ANSES. Para ello los interesados podrán realizar el trámite, de forma rápida y sin intermediarios, para acceder al beneficio sin aportes previos. Además suman desde septiembre el pago de un bono, confirmó el Gobierno.

Pensión por vejez, qué es y requisitos

Se trata de una pensión destinada a aquellas personas con 70 años de edad o más, que se encuentran sin cobertura previsional o no contributiva, al momento de realizar el trámite.

El monto de la Pensión por vejez es equivalente al 70% de la jubilación mínima. De este modo, teniendo en cuenta el haber mínimo que tendrá aumento en septiembre por la Ley de Movilidad Jubilatoria, el titular del beneficio cobra 30.346,84 pesos.

Requisitos:

  • Tener 70 años o más, sin cobertura previsional o no contributiva.
  • En caso de fallecimiento del titular, tienen derecho a cobrarla el viudo o concubino mayor de 70 años, incapacitado, que haya convivido los últimos 5 años anteriores al fallecimiento.
  • Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud.
  • Los extranjeros deben haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.
  • No cobrar, el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión.
  • No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.
  • No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.
  • En el caso de un matrimonio, la pensión a la vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.
  • La ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello.

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