La reciente ley de movilidad con media sanción en el Senado, trae consigo cambios en el cálculo de haberes jubilatorios y pensiones mínimas. Florencia Markarian, abogada especialista en cuestiones previsionales, los puntos clave de esta reforma y lo que sigue igual para los jubiladoLa nueva ley de Movilidad Jubilatoria que fue aprobada con media sanción en el Senado la última semana, introduce cambios en el cálculo de haberes jubilatorios. Florencia Markarian, especialista en derecho previsional, señaló que entre lo que se aprobó y no se modifica es que los jubilados, seguirán cobrando con aumentos mensuales de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC), según la inflación. Sin alteraciones.
Lo nuevo, que se incluiría a partir de esta nueva ley es la inclusión de la «cláusula gatillo» que establece que, cada año, en el mes de marzo, se evaluará la relación entre los aumentos salariales y la inflación. Si los salarios superan la inflación, los jubilados recibirán un ajuste adicional que equivaldrá al 50% de esa diferencia.
Según explicó la especialista, esto permite el crecimiento económico, teniendo en cuenta que a veces, hay aumentos que van por encima de la inflación, como en el caso de las prepagas.s.